Alguien te está mirando

El mito orwelliano del Gran Hermano cobra vida a través del correo electrónico..

(*) Artículo publicado en Information Technology, revista editada por Mind Opener S.A. Edición Nº 50 - Noviembre 2000, pág. 144. Buenos Aires, Argentina.

El correo electrónico es el medio de comunicación más popular en el ciberespacio y gracias a su rapidez, comodidad y efectividad hace tiempo que encontró su lugar en la vida diaria de los argentinos. Sin embargo, muchas de sus cualidades se tornan siniestras cuando se las examina desde el punto de vista de la protección de la intimidad de los usuarios. Es que mientras su contenido no sea encriptado o firmado digitalmente, técnicas que la mayoría de los mortales todavía no utilizan, los mensajes que se envien pueden ser interceptados y leidos por terceros. Por otra parte, el correo electrónico ha perdido la imagen de volatilidad que tuvo al principio. Suman ya varios los casos en que mensajes de varios años de antigüedad son rescatados para ser utilizados como prueba en juicio, como el que involucró a 23 empleados del diario The New York Times que fueron despedidos por distribuir material pornográfico a través del sistema informático de la empresa. En definitiva, como los usuarios pueden enviar o recibir mensajes sin darse cuenta de que en el camino su contenido pudo haber sido leido o modificado por otras personas, traspasados al mundo físico, los mensajes enviados por correo electrónico cuentan con el mismo nivel de seguridad que una postal.

ECHELON, Carnívoro y otras yerbas.

Una de las formas de invasión de la vida privada se realiza a través del uso de programas rastreadores o sniffers, que suelen ser usados para penetrar en el disco rígido de las computadoras conectadas a Internet para buscar información. Uno de sus blancos preferidos es el correo electrónico. Lanzado al ciberespacio un sniffer tiene la capacidad de espiar todo lo que tenga un encabezamiento que identifique al emisor o al destinatario de la informacion, recoger el mensaje y permitir su control y lectura. Amparados en la necesidad de rastrear las huellas de los delincuentes y proceder a su identificación, sistemas internacionales como ECHELON o el Carnívoro del FBI se encargan de husmear gran parte de los mensajes que circulan por Internet.

Espías en el trabajo.

Si enviar un correo electrónico a través de redes abiertas como Internet es inseguro, acceder a su contenido es muy fácil de poner en práctica cuando se utilizan los sistemas corporativos de una empresa, aún cuando se utilicen cuentas de correo gratuitas como hotmail o yahoo. Es que siguiendo el recorrido de los e-mails y detectando palabras clave en el contenido de los mensajes que envian sus empleados, los empleadores pueden monitorear la correspondencia particular de sus dependientes, a pesar de que hayan tomado el recaudo de borrarlos.

En Estados Unidos, la vigilancia de las comunicaciones electrónicas y telefónicas de los trabajadores es una realidad para tres cuartas partes de la fuerza laboral, y si bien los grupos de defensa de los derechos civiles llevan meses elevando sus protestas contra los abusos a los que puede prestarse el sistema, el Congreso ha introducido varias iniciativas legislativas que, lejos de anular o limitar la práctica corporativa de vigilar los emails de sus empleados, establecen que las empresas deberán informar cuál es la política de vigilancia. Por el momento ninguna ha prosperado.

En Inglaterra han ido más rápido. Además de oficializar el uso de programas de espionaje como el Carnívoro o Echelon, al cierre de esta edición, y pese a la oposición de los sindicatos británicos, el gobierno de Blair se disponía a dictar una norma que permitirá que los empresarios controlen el correo electrónico y las llamadas telefónicas que realicen sus empleados desde su lugar de trabajo, siempre que existan razones justificadas. Esta iniciativa coincide con otra que pretende obligar a las empresas prestadoras de servicios de acceso a Internet a reportar a la policía todos los movimientos que realicen en la red las personas que se encuentren sospechadas de cometer alguna actividad delictiva.

¿Y por casa cómo andamos?

A nivel nacional no existe ninguna norma que ampare específicamente la privacidad del correo electrónico. Si bien diversas normas del sistema jurídico argentino protegen la inviolabilidad de la correspondencia y amparan el secreto de las comunicaciones, sólo la Constitución chaqueña prohibe la intervención de "la correspondencia, los documentos privados, los sistemas de almacenamiento de datos y los medios de comunicación de cualquier especie".

Aunque todavía no hayan tomado estado público, los conflictos generados por el monitoreo laboral del correo electrónico no tardarán en darse a conocer. Los especialistas opinan que este tipo de inspecciones serían legales siempre y cuando se advierta previamente a los empleados de su puesta en práctica. Así lo están haciendo varias de las grandes empresas multinacionales que operan en el país con el dictado de reglamentos internos que establecen sanciones ante eventuales incumplimientos. Las normas internas más comunes tienden a limitar las comunicaciones electrónicas a cuestiones estrictamente relacionadas con los negocios de la empresa, responsabilizar al empleado por el uso ilegal o abusivo de las herramientas de trabajo proporcionadas por la empresa y autoproclamar el derecho de la empresa a realizar auditorias y revisar las comunicaciones efectuadas por sus empleados. Los argumentos utilizados para justificar la implementación de estos nuevos mecanismos de control se basan en que los mensajes se envian utilizando herramientas técnicas de propiedad del empleador y en que, a pesar de los beneficios que a nivel laboral representa el uso de las tecnologías, existen riesgos que no pueden dejar de ser considerados. Entre ellos, la potencial responsabilidad por delitos que los empleados puedan cometer mediante el uso de los medios técnicos dispuestos por sus patrones, la revelación de secretos de empresa a través del envío de mensajes a receptores equivocados y la pérdida de atención en las tareas laborales con la consecuente reducción de la productividad de sus empleados.

Pero no es tan sencillo. Para ganar la pulseada se deberá torcer el rumbo señalado por la Jurisprudencia. Es que en el mes de marzo de 1999, con motivo de una querella iniciada por el Sr. Edgardo Martolio contra el periodista Jorge Lanata a raíz de la publicación del contenido de tres correos electrónicos internos de Editorial Perfil, la Sala IV de la Camara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional estableció que a los fines de la protección de los papeles privados y la correspondencia, corresponde equipar al correo electrónico con el correo tradicional, dado que aquél posee características de protección de la privacidad más acentuadas que la vía postal en virtud a que para su funcionamiento se requiere un prestador del servicio, el nombre de usuario y un código de acceso que impide a terceros extraños la intromisión en los datos que a través del mismo puedan emitirse o archivarse. Si bien la legalidad de la analogía realizada por el mencionado Tribunal ha sido cuestionada por varios juristas en virtud a que, en materia penal, para que exista sanción la norma debe describir en forma precisa la conducta prohibida, no son pocos los que consideran que la lentitud legislativa no puede ir en desmedro de una interpretación dinámica de las leyes que permita proteger los derechos de las personas frente al avance tecnológico. Como en tantas otras cuestiones, el camino no parece ser otro que una reforma legislativa que balancee los justos intereses empresarios con la intimidad personal de los trabajadores.

Gustavo Daniel Tanús
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